Podemos
decir que el Técnico Mecatrónico será
competente para:
1-
Proyecto, cálculo, dirección y/o ejecución
de:
a) Instalaciones
eléctricas para iluminación, señalamiento,
comunicaciones, fuerza motriz, generación y transformación
o conversión de hasta 2000 KW y 13,2 KV.
b) Equipos,
máquinas y sistemas automáticos, eléctricos,
mecánicos, electromecánicos y electrónicos
de potencia y de sus equipos e instalaciones asociadas, para
procesos secuenciales de hasta 2000 KW y 13,2 KV.
c) Sistemas
de conducción de fluidos en condiciones de temperatura
no menores de –5 grados centígrados, no mayores
de 200 grados centígrados y presiones de hasta 10 bar.
d) Mecanismos
de transmisión por correas, engranajes y cadenas.
e) Estructuras
metálicas isostáticas hasta una luz de 10 metros.
f) Aparatos
de elevación para carga máxima de 10 toneladas.
g) Recipientes
sometidos a presión interior hasta 5 bar.
h) Depósitos
de almacenajes hasta 20.000 litros
2-
Dirección y /o ejecución de:
a) Instalaciones
mecánicas en fábricas, talleres e industrias
con potencia hasta 700 CV y/o 100 Kcal / seg. con una presión
de vapor de 10 bar y/o 20 bar hidráulicas.
b) Plantas
motrices y/o electrógenas de potencia hasta 700 CV.
3-
Programa y opera:
a) La robótica,
neumática, electroneumática, PLC, microcontroladores,
en sistemas de control para procesos automatizados.
b) Máquinas
herramientas convencionales, de CNC y sistemas de producción
CAD-CAM para control de procesos automatizados.
4-
Conduce y mantiene:
a) Instalaciones
electromecánicas de plantas industriales que no superen
una tensión de 13,2 KV y 2000 K W de potencia.
b) Instalaciones
térmicas hasta una presión de vapor de 10 bar.
c) Mecanismos
electrónicos integrantes de equipos industriales y
de tratamiento de información.
5-
Gestiona, comercializa y asesora sobre:
a) Equipamiento
técnico de servicios de mantenimiento, cálculo,
proyecto, diseño y montaje de instalaciones y bienes
de uso.
b) Sistemas
de calidad y preservación del medio ambiente.
c) Documentación técnica, recursos y costos.
6-
Realizar arbitrajes, pericias, ensayos, tasaciones y relevamientos
de obras:
a) Hasta
la capacidad otorgada en puntos anteriores.
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